31 de mayo de 2008

Desde el 2009 se tramitará primero el DNI y luego la inscripción militar

Atención a los cambios: desde el 1 de enero del 2009, todos los jóvenes, al cumplir los 17 años de edad, ya no tendrán que tramitar su boleta y libreta militar, sino que deberán inscribirse directamente en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para obtener su primer Documento Nacional de Identidad (DNI). Luego, dentro de los 90 días siguientes, deberán cumplir con la inscripción militar obligatoria en las oficinas del Registro Militar.

"En las sedes que destinarán las Fuerzas Armadas otorgarán gratuitamente una constancia de inscripción militar al momento de la inscripción", explicó ayer Mercedes Cabanillas, presidenta de la Comisión de Defensa del Congreso de la República. El nuevo procedimiento está señalado en la Ley del Servicio Militar, que hasta ayer no había sido promulgada por el Poder Ejecutivo.

La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) saludó ayer la determinación del Parlamento de eliminar la libreta militar como documento obligatorio para obtener el DNI, pero indicó que aún faltan aclarar algunas disposiciones para garantizar la gratuidad del proceso de inscripción militar. Crisólogo Cáceres, vicepresidente de la Aspec, dijo que se mantendrá vigilante en este caso, ya que el costo de la libreta militar se podría cobrar bajo otros conceptos, por ejemplo, los exámenes médicos que contempla la iniciativa.

El primer DNI que se le entregará a los jóvenes tendrá una vigencia de ocho años, su color será el mismo que el de los mayores de edad y en él constará el número de una mesa de votación diferida. Esta última será activada cuando su titular cumpla 18 años y pueda votar en los procesos electorales.

REGISTRO MÁS ACTUALIZADO
En adelante, el registro de inscripción militar será una base de datos en la que constará la situación de los peruanos respecto a sus obligaciones militares.

Dicho registro será depurado y actualizado continuamente con la información del Reniec.
Este último remitirá trimestralmente la nómina de las personas, comprendidas entre 18 y 50 años, que hubieran fallecido a fin de mantener actualizada la base de datos del Registro Militar y, en especial, la del personal de reserva. Según la nueva Ley de Servicio Militar, por razones de seguridad y defensa nacional la información del Registro Militar tendrá carácter clasificado y será de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.

PRECISIONES
1. La libreta militar se otorgará solo a quienes hayan prestado el servicio militar. Dicho documento también se otorgará a los peruanos que, siendo parte de la reserva, poseen doble nacionalidad.

2. Los que presten servicio militar acuartelado en cualquiera de los institutos armados tendrán diversos beneficios, como una asignación económica mensual de 350 soles, seguro de vida, educación básica técnico-productiva o superior tecnológica en distintas especialidades.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

y si cumpliste 17 en el 2008? Se puede?

Anónimo dijo...

yo cumpli 17 en el 2008 q puedo hacer?? no se como sacar mi boleta o mi DNI